Eunice LópezHistoria Viva

Las dos leyes, con sus fuentes

Hasta 1989, tu billetera no era tuya

Chile y Colombia usaban el mismo Código Civil, el de Andrés Bello. Los dos trataban igual a la mujer casada. Colombia lo cambió en 1932. Chile tardó 57 años más.

  1. 1855 · 1873

    El mismo código para las dos

    Chile aprueba el Código Civil de Andrés Bello en 1855 y Colombia lo adopta en 1873. En los dos, la mujer casada estaba en la lista de los «relativamente incapaces», junto a los menores de edad y a quienes la justicia les prohibía manejar su plata. Su representante legal era el marido. Para vender, comprar, firmar o ir a juicio necesitaba su permiso.

  2. COLOMBIA · 1932

    Ley 28 de 1932

    Expedida el 12 de noviembre de 1932. Desde ahí, cada cónyuge maneja sus propios bienes y la casada deja de necesitar permiso.

    «La mujer casada, mayor de edad, como tal, puede comparecer libremente en juicio, y para la administración y disposición de sus bienes no necesita autorización marital ni licencia del Juez, ni tampoco el marido será su representante legal».Ley 28 de 1932, artículo 5
  3. CHILE · 1989

    Ley 18.802 de 1989

    Publicada en el Diario Oficial el 9 de junio de 1989, vigente desde el 8 de septiembre. Sacó a la mujer casada de la lista de «relativamente incapaces» del artículo 1447 del Código Civil y sacó al marido de la lista de sus representantes legales, en el artículo 43.

    Antes y después del artículo 1447Antes: son relativamente incapaces los menores adultos, los disipadores en interdicción y la mujer casada. Después: solo los menores adultos y los disipadores.
Lo que la ley no cambió de un día para otro

En Chile, desde 1925, la casada que trabajaba podía manejar lo que ganaba con su trabajo: es el «patrimonio reservado». Y después de 1989, en la sociedad conyugal, el marido siguió siendo quien administraba los bienes comunes. La incapacidad se fue en 1989. La igualdad tardó más.

Esto no es una opinión.

Es el Código Civil.
  1. Colombia. Ley 28 de 1932, «sobre reformas civiles (régimen patrimonial en el matrimonio)», 12 de noviembre de 1932, Diario Oficial n.º 22.139. Texto: dmsjuridica.com.
  2. Chile. Ley 18.802, «modifica el Código Civil, el Código de Comercio y otros cuerpos legales», Diario Oficial, 9 de junio de 1989. Texto oficial en bcn.cl/leychile (buscar «18802»).
  3. «Evolución de los derechos civiles de la mujer en la legislación chilena (1855-2015)». scielo.org.bo.

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